Sacramento de la Confirmación

I Puntos doctrinales

1.La Confirmación es un sacramento. Si, la confirmación es el segundo sacramento de la Iglesia, desde un principio distinto del bautismo.ellos dos con la Eucaristía,constituyen la llamada Iniciación cristiana.Renacido el hombre espiritualmente en el bautismo, se rebustece en la confirmación con un nuevo  don del Espíritu, y en la Eucaristía se nutre, diariamente si lo desea, con el alimento de la vida eterna.

2.Su historia. Comienza en el libro bíblico de los «Hechos de los Apóstoles»(2,1-4;14,18;1,8;8,4-17;19,1-6), donde se ve ya imponer las manos a los neófitos y orar sobre ellos, y a los hombres y mujeres inundados de gozo espiritual extraordinario y de dones carismáticos.  Luego se agregó la crismación, la cual, aunque fue conferida con diversidad de ritos, conservó siempre el significado de la comunicación del Espíritu Santo.el Vaticano II compromete a los confirmados a difundir y defender la fe como verdaderos testigos de Cristo.(LG,n.11).

3.Elementos constitutivos. son tres:La imposición de la mano,la crismación, y las palabras. todos dentro de un ritual de terminado, los tres elementos se aplican en el confirmando simultáneamente.

-La imposición de  manos.viene de los apóstoles y discípulos inmediatos (Hechos,8,7-19).para San Pablo era un gesto profético.

-El Santo Crisma.lo suministra la Misa Crismal del jueves Santo.

-Las Palabras,o fórmulas consagratorias,han variado en el curso de los siglos, sin modificarse la sustancia del sacramento. La formula usada desde del siglo XII, hasta el Vaticano II, rezaba así:»Yo te signo con la señal de la cruz y te confirmo con el crisma de la salud, en el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo». La actual es esta: Recibe, por esta señal, el don del Espíritu Santo. Verbalmente se ha modificado el rito;la Iglesia lo ha modificado, pero el signo sacramental es siempre del mismo Cristo.

4.Ministro y sujeto de la confirmación.cada sacramento tiene un ministro propio para administrarlo, y sujetos que han de recibirlo.

-El ministro ordinario de la confirmación fue siempre el Obispo, como Vicario de los Apóstoles, los cuales empezaron a ejercer este ministerio desde Pentecostés.

-Sujetos de la confirmación son los niños y adultos bautizados.Los adultos a  cualquier edad; los niños hacia los 7 años, salvo peligro de muerte u otro inconveniente grave, o por determinación de la conferencia Episcopal.en todo caso, los confirmandos deben recibir el sacramento en estado de gracia y ser capaces de renovar las promesas bautismales(Rit.nn.11y12).

5.Padrinos.Siguen siendo necesarios para la confirmación.es su papel ayudar espiritualmente a los ahijados a llegar bien preparados a la Eucaristía,con la cual se consuma la adultez cristiana del bautizado y su incorporación en la Iglesia Universal.

6. Efectos Sacramentales. de la confirmación, reciben el Don inefable, que es el Espíritu Santo mismo, por el cual son enriquecidos de una fuerza especial y, marcados por el carácter del mismo sacramento, quedan vinculados más perfectamente a la Iglesia,mientras son más estrictamente obligados a difundir y defender con la palabra  y las obras la propia fe, como auténticos testigos de Cristo.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.